APDH Rosario: Los represores se tienen que quedar en la cárcel

 

Tras el pedido del Servicio Penitenciario Federal a los jueces federales de todo el país de otorgar prisión domiciliaria o libertad condicional a unos 100 represores argumentando superpoblación carcelaria, la APDH Regional Rosario realizará una presentación ante todos los jueces federales de Rosario que tienen detenidos por delitos de lesa humanidad para que se desestime dicha solicitud ya que entiende que el Servicio Penitenciario no es parte en estos juicios para proponer esta solución.

“Le solicitaremos al juez instructor y a los Tribunales Orales de Rosario que no se haga lugar a los pedidos que involucran a genocidas procesados o condenados de nuestra jurisdicción por diversos motivos. Esta es un solicitud presentada por quien no es parte en los juicios, el Servicio Penitenciario Federal, considerando que es decisión de los jueces tanto el lugar como la modalidad de las detenciones, y por lo demás porque viola lo establecido en la normativa nacional e internacional y la jurisprudencia en materia de crímenes de lesa humanidad» explicó Gabriel Durruty, parte del equipo jurídico de APDH que representa a querellas en juicios de lesa humanidad en la ciudad.

 

(Audio de entrevisa el LT8 a Julia Giordano, abogada APDH Regional Rosario, sobre la resolución del Servicio Penitenciario Federal respecto de los imputados de delitos de lesa humanidad).

Desde la organización creemos que esta decisión del Servicio Penitenciario Nacional, de solicitar a los jueces la domiciliaria o libertad condicional, se enmarca en una política de Estado disimulada en una cuestión administrativa.

Los represores que se verían beneficiados por este pedido y que fueron juzgados y condenados en Rosario son aquellos que tienen más de 70 años: Ramón Telmo Ibarra, Ramón Vergara, Jorge Fariña, Rodolfo Isach, Walter Pagano y Juan Carlos Faccendini.

“Lo que es una verdadera política de Estado del Gobierno Nacional para lentificar los juicios, para desandar el camino contra la impunidad seguido durante todos estos años del proceso de memoria verdad y justicia, intenta ne este caso parecer una mera cuestión administrativa, pero no lo es”, agregó Durruty.

Desde APDH Regional Rosario entendemos que esto se enmarca en la política que avanza a pasos agigantados en torno a vulnerar los procesos de memoria verdad y justicia, porque el director del Servicio Penitenciario Federal, Emiliano Blanco, ya había ordenado en 2016, mediante una resolución interna, el traslado de muchos de los represores al mal llamado Penal de Campo de Mayo, cuando en realidad este lugar es un centro penitenciario VIP con campo de deportes, canchas de vóley, de fútbol y quincho, está ubicado en el predio del Ejército que se cerró en septiembre de 2013 -luego de la fuga de dos militares del Hospital Militar Cosme Argerich- por riesgo grave e indemne de evasiones por condiciones deficitarias de seguridad. Justamente Faccendini, Fariña, Isach y Pagano están alojados en Campo de Mayo.

«Pero ahora el gobierno nacional, a través de su Servicio Penitenciario Federal, va aún más allá y en lugar de gestionar traslados de represores a una unidad VIP, solicitó directamente a los jueces la remisión de los genocidas a sus domicilios o la aplicación de la libertad condicional» dijo Jésica Pellegrini, también miembro del equipo Jurídico de APDH Regional Rosario.

En este punto es importante destacar las premisas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en materia de delitos de lesa humanidad, que son «investigación, sanción y efectivo cumplimiento de las condenas». En caso de burlarse de la tercera de estas premisas, autorizando indiscriminadamente la prisión domiciliaria,  torna ilusoria la justicia debida. “Las garantías democráticas deben ser respetadas al máximo. Entiendo que hay un correlato directo entre permitir la devaluación de las condiciones de cumplimiento de las preventivas o las condenas a los genocidas y las violaciones a los derechos humanos de hoy. La prisión en cárcel común solo puede evitarse cuando el cumplimiento de la penal implique trato inhumano, cruel o degradante por el deterioro extremo de la salud del detenido. Nunca en otros casos» explicó Durruty.

Fuentes: Prensa APDH Rosario –  Rosario 12

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